06/07/2022

Violencia en el ámbito laboral

Condenan por acoso sexual en el ámbito del trabajo a un árbitro de Básquet

La Fiscalía Especializada en Violencia de Género N° 36 logró la condena de un árbitro de básquet por haber acosado sexualmente a una colega, de quien resultaba ser su superior jerárquico, informó hoy el Ministerio Público Fiscal (MPF).

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La sentencia, dictada por la titular del Juzgado N° 3, Carla Cavaliere, incluyó una condena a 2 días de arresto en suspenso y la realización de un programa de trabajo con varones que ejercen violencia de género por el plazo de un año.

El acoso por parte del condenado se inició en 2016 y tuvo lugar a través de reiterados mensajes por diversas redes sociales.

La víctima se vio forzada a responder de manera cordial por el temor a perder su trabajo o sufrir represalias en la asignación de partidos, dado que estaba bajo la dirección del primero, según detalló el MPF.

Tras una exhaustiva investigación, la Fiscalía N° 36, a cargo de Adrián Dávila, imputó al acusado la figura de hostigamiento agravado, de conformidad con los artículos 53, 55 y 69 del código contravencional de la Ciudad de Buenos Aires.

El equipo fiscal logró determinar el modus operandi del condenado, quien aprovechaba su posición jerárquica para someter a las personas, desplegando malos tratos y hostigamiento, preferentemente hacia mujeres, entre las que se encontraba la denunciante y muchas otras compañeras de trabajo.

Al solicitar el juzgamiento del condenado, la Fiscalía sostuvo que el caso representaba una situación de violencia de género, que tuvo lugar en el ámbito laboral y en la que el denunciado se valió no sólo de su condición de varón, sino también de su posición jerárquica como director de la víctima para someterla y acosarla.

La sentencia alcanzada constituye un avance muy importante en la lucha contra la violencia de género, pues no sólo describe el ejercicio de violencia en el ámbito de las relaciones de trabajo, sino porque además de aplicar la normativa contravencional local y la ley nacional N° 26.485 -ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales-, también reconoce el valor normativo del Convenio N° 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la ley N° 5742, que previene y sanciona el acoso sexual.

El caso promovido por la Fiscalía N° 36 constituye un litigio estratégico, en los términos definidos por el Fiscal General en la Resolución FG N° 65/2021, en la que se establecen los lineamientos centrales de la política criminal en esta materia.

"Estos litigios buscan no sólo procurar la resolución del caso concreto, sino también promover resoluciones judiciales cuyos efectos puedan expandirse a otros y, de esta manera, contribuir a denunciar y desterrar situaciones de violencia estructural, como por ejemplo, la que tiene lugar en los ámbitos laborales", sostuvieron desde el MPF.

Cafecito