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La causal de denuncia fue mal desempeño consistente en arbitrariedad en el ejercicio del cargo y desconocimiento inexcusable del derecho.
En marzo de este año, la Corte Suprema revocó la sentencia dictada por los tres jueces toda vez que las pruebas no fueron valoradas con los criterios que amerita un caso como el mencionado, en el cual se ventilan actos de abuso sexual agravado contra una mujer, y que surgen de la legislación nacional y de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Los jueces no observaron el deber de debida diligencia reforzada en la investigación de hechos de violencia contra las mujeres que recae sobre el estado y sus órganos, plasmado en la Convención de Belém do Pará (artículo 7°, primer párrafo) tal como ha sido interpretado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (conf. "Caso González y otras [Campo Algodonero]).
Se destaca que Mahiques es uno de los jueces del Lago Escondido y que Geminian fue denunciado dos veces con anterioridad por situaciones relacionadas a violencia de género.