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La decisión judicial, firmada por el juez Raúl Ojeda, hizo lugar a una medida cautelar al considerar que “se encuentran reunidos los requisitos para el dictado de la medida provisoria”, mientras se analiza la constitucionalidad de los cambios impulsados por el Gobierno.
Desde la cartera laboral anticiparon que recurrirán la resolución con el patrocinio de la Procuración del Tesoro y remarcaron que “se agotarán todas las instancias judiciales necesarias para garantizar la vigencia de la norma”. Además, defendieron la ley al sostener que busca “la creación de empleo formal, la mejora de la competitividad y el fortalecimiento de la seguridad jurídica”.
Del otro lado, la CGT había advertido que varios artículos implicaban un retroceso en derechos laborales individuales y colectivos, argumento que fue considerado en esta instancia preliminar por la Justicia.
El fallo impacta de lleno en el corazón de la reforma. Entre los puntos suspendidos aparecen cambios en el régimen de despidos e indemnizaciones, incluyendo la posibilidad de excluir conceptos como el aguinaldo del cálculo indemnizatorio y la creación de un Fondo de Asistencia Laboral que podía reemplazar parcialmente las indemnizaciones tradicionales. El juez advirtió que ese esquema “no garantizaba la reparación de despidos injustificados”.
También quedaron frenadas modificaciones sobre el derecho a huelga, que ampliaban los servicios mínimos y restringían las medidas de fuerza, además de recortes a la actividad sindical como limitaciones a asambleas, reducción de horas gremiales y posibles sanciones a sindicatos.
En materia de negociación colectiva, la cautelar suspendió la prioridad de los convenios por empresa sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por el movimiento obrero por considerar que habilitaba acuerdos a la baja.
La resolución también alcanzó cambios en teletrabajo —incluida la derogación de su ley—, nuevas modalidades laborales como el “banco de horas”, y el intento de encuadrar a trabajadores de plataformas como independientes, lo que hubiera implicado dejarlos fuera de la protección laboral.
A su vez, se frenaron modificaciones sobre tercerización que reducían la responsabilidad de las empresas, la flexibilización del período de prueba sin preaviso y cambios en la Justicia laboral, como la quita de competencia en casos contra el Estado y la posibilidad de pagar sentencias en cuotas.
La medida es provisoria, pero tiene efectos concretos: deja en pausa los aspectos más sensibles de la reforma laboral. Ahora, el expediente seguirá su curso en instancias superiores, donde se definirá si estos cambios avanzan o quedan definitivamente sin efecto. Mientras tanto, el escenario abre un nuevo foco de tensión entre el Gobierno y el movimiento sindical, con impacto directo en las condiciones laborales de millones de trabajadores.

