03/07/2024

Hoy 3 de Julio. 18 hs. Aula 217 Facultad de Derecho (UBA)

Las Catedras de Derecho del Trabajo homenajean a los abogados laboralistas

Desde épocas muy tempranas acompañaron los procesos de organización de trabajadores y sus sindicatos y participaron de esa vitalista creación de normas en la etapa de formación del derecho del trabajo. 

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Foto: 
Diario La Capital de Mar del Plata

Sin embargo, es en tiempos de dictaduras, o de mayor ataque a los derechos de los trabajadores, cuando aflora todo su ahínco, valor y compromiso, y ello con su propia vida, como dan cuenta la masacre de los abogados de Atocha, en España, a finales del franquismo, o el asesinato de Norberto Centeno, uno de los autores intelectuales de la Ley de Contrato de Trabajo, o de Carlos Moreno, quien se atrevió a defender trabajadores ante un poderoso grupo de la industria del cemento, o de Nestor Martins, integrante de la CGT de los Argentinos y primer abogado víctima de la violencia política, y una amplia proporción de los relevados en el informe “Defensores del pueblo. Semblanzas de los abogados y abogadas detenidos desaparecidos y asesinados entre 1970 y 1983 en Argentina”. 

El hecho más dramático y simbólico, a la vez, fue el secuestro y desaparición de Raúl Hugo Alais, Salvador Manuel Arestin, Jorge Candelero, Tomás Fresneda y Norberto Centeno, todos abogados de trabajadores, en la que se conoce como la “Noche de las Corbatas”, y en cuyo recuerdo, de Memoria, Verdad y Justicia, se instituyó el 6 de Julio como el Día Víctima del Terrorismo de Estado, y el 7 de Julio, como el Día del Abogado Laboralista, mediante la Ley 27.115, sancionada en 2014 a instancias de un proyecto del Diputado Héctor P. Recalde. 

En tiempos en que, nuevamente, los derechos de los trabajadores y sus sindicatos vuelven a ser objeto de ataque, su recuerdo y consideración de la función social de los abogados y abogadas laboralistas nos convocan. 
Invitamos a dar su testimonio a los abogados laboralistas Ricardo Cornaglia, Mario Elffman, Pedro Kesselman, Hector Recalde y Carlos Sterjtejn.

*Cátedras de Derecho del Trabajo García, Gianibelli y Topet.

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